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GOBIERNO EN GUATEMALA

GOBIERNO
Introducción
Departamentos


Bandera de la República de Guatemala

La República de Guatemala es un Estado soberano e independiente que forma parte de la Organización de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos.

Guatemala políticamente y jurídicamente se rige por la Constitución Política de la República de Guatemala, la cual es la ley suprema del Estado. El sistema de gobierno de Guatemala es democrático, presidencialista y pluripartidista.

La soberanía de Guatemala radica en el pueblo quien la delega, para su ejercicio, en los Organismos del Estado, según lo establecido en el Art. 141 de la CPRG, los cuales son:


Palacio Nacional de la Cultura, sede del Gobierno
de Guatemala. Christian Van Der Henst

Organismo Legislativo, el cual ejerce el poder legislativo. Dicho poder es ejercido por el Congreso de la República de Guatemala.
Organismo Ejecutivo, el cual ejerce el poder ejecutivo, el cual es ejercido por el Presidente de la República de Guatemala, el Vicepresidente de la República de Guatemala, los Ministerios del Estado y sus dependencias.
Organismo Judicial, el cual ejerce el poder judicial que es ejercido por la Corte Suprema de Justicia, la Corte de Apelaciones, los Tribunales de Primera Instancia, los Juzgados de Paz o Juzgados Menores y demás juzgados que establezca la ley.

 

ORGANISMOS DEL ESTADO

Organismo Ejecutivo

Este organismo o poder es ejercido por el Presidente de la República de Guatemala, el Vicepresidente de la República de Guatemala y el Consejo de Ministros, así como por las demás entidades públicas correspondientes a este organismo. El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por un período improrrogable de cuatro años por medio del sufragio universal y secreto. El Presidente de la República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de Guatemala y las Fuerzas Públicas.

Organismo Legislativo

Este organismo o poder esta ejercido por el Congreso de la República de Guatemala, el cual consta de un hemiciclo formado por 158 diputados de los diferentes distritos electorales para un período de gestión de cuatro años pudiendo ser reelectos mediante el sufragio universal y secreto. Su función primordial es representar al pueblo, pero también se encarga de decretar, reformar y derogar las leyes según sea para el beneficio del pueblo guatemalteco. Sus períodos o sesiones ordinarias comenzarán el 14 de enero al 15 de mayo y del 1 de agosto al 30 de noviembre de cada año, sin necesidad de convocatoria, así también podrá hacerlo en reuniones extraordinarias cuando sea de principal importancia. Su sede se encuentra en el Palacio del Congresos de la República de Guatemala, en la 9 Avenida entre la 9 y 10 Calle de la Zona 1 de la Ciudad de Guatemala.

Organismo Judicial

Este organismo es ejercido por la Corte Suprema de Justicia de la República de Guatemala la cual esta conformada por 13 magistrados electos por el Congreso de la República para un período de gestión de cinco años pudiendo ser re-electos. La función de dicho organismo esta establecida en la ley y establece que la Corte Suprema de Justicia podrá administrar la justicia conforme lo dicte la Constitución y las demás leyes. Su sede se encuentra en el Palacio de Justicia en la Zona 1 de la Ciudad de Guatemala. El máximo tribunal en materia constitucional es la Corte de Constitucionalidad formada por 5 magistrados, los cuales velan porque se cumpla la Constitución Política de la República de Guatemala. Actualmente el Organismo Judicial encabeza el Sistema de Justicia en Guatemala.

CONSTITUCION POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

La actual Constitución Política de la República de Guatemala fue creada el 31 de mayo de 1985 por la Asamblea Nacional Constituyente de ese año, convocada por el entonces Presidente de la República de Guatemala Efraín Ríos Montt, dicha Carta Magna se hizo efectiva el 14 de enero de 1986.

Fue suspendida el 25 de mayo de 1993 por el entonces Presidente de la República de Guatemala Jorge Antonio Serrano Elías; reinstaurada el 5 de junio de 1993 acto seguido del derrocamiento del presidente y enmendada en noviembre de 1993. Las reformas constitucionales de 1993 incluyeron un incremento en el número de Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de 9 a 13. Los períodos de cargo para Presidente, Vicepresidente, y Diputados del Congreso de la República de Guatemala fueron reducidos de 5 años a 4; para Magistrados de la Corte Suprema de Justicia de 6 años a 5 años, y se incrementaron los períodos de los Alcaldes y Concejos Ciudadanos de 2 1/2 a 4 años.

El Presidente y Vicepresidente son electos directamente por medio de sufragio universal y limitados a un período. Un Vicepresidente puede ser candidato para presidente después de 4 años fuera del cargo.


Palacio del Organismo Legislativo, sede del Congreso de la
República de Guatemala, en un billete de diez quetzales

Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia son electos por el Congreso de la República de Guatemala de una lista enviada por los Decanos de las Facultades de Derecho, un Rector de una Universidad, y Magistrados de la Corte de Apelaciones. La Corte Suprema de Justicia y las cortes locales manejan los casos civiles y criminales. También hay una Corte Constitucionalidad.

Guatemala se encuentra dividida administrativamente en 22 departamentos administrados por un gobernador designado por el Presidente. La Ciudad de Guatemala y otras 333 Municipalidades son gobernadas por Alcaldes o Concejos electos popularmente.

 

HISTORIA: CONDICIONES POLÍTICAS

Las elecciones presidenciales y legislativas de 1999 fueron consideradas por observadores internacionales como libres y justas. La participación de las mujeres y los votantes indígenas fue más alta que en el pasado reciente, aunque quedó preocupación con respecto a la accesibilidad de los lugares de votación en las áreas rurales.

La victoria arrolladora de Alfonso Portillo combinada con una mayoría del FRG (Frente Republicano Guatemalteco) en el Congreso de la República sugirió la posibilidad de una acción legislativa rápida.

 
Sin embargo, bajo la Constitución Guatemalteca de 1985, la aprobación de muchos tipos de legislación requiere el voto de dos tercios del número total de diputados en el hemiciclo. Por eso la aprobación de esta legislación no es posible únicamente con los votos del FRG.

El balance político fue alterado en 2000 cuando emergieron alegaciones de que el FRG (Frente Republicano Guatemalteco) había alterado la legislación ilegalmente. Siguiendo una investigación, la Corte Suprema de Justicia despojó de su inmunidad legislativa a los involucrados, incluyendo al Presidente del Congreso y jefe del FRG José Efraín Ríos Montt, para que enfrentaran cargos en el caso. Aproximadamente al mismo tiempo, la oposición del PAN (Partido de Avanzada Nacional) sufrió una ruptura interna y se dividió en varias facciones; lo mismo ocurrió con la ANN (Alianza Nueva Nación). Como resultado, reformas esenciales para la implementación de la paz esperan acción legislativa.

Casos nuevos de abuso a los derechos humanos continuaron declinando, aunque el acoso violento a los trabajadores de los derechos humanos presentaba un serio reto a la autoridad gubernamental. El crimen común, agravado por un legado de violencia, presenta otro serio desafío. La impunidad sigue siendo un problema importante, principalmente porque las instituciones democráticas, incluyendo aquellas responsables de la administración de justicia, han desarrollado únicamente una capacidad limitada para lidiar con este legado.

Las elecciones celebradas el 9 de septiembre de 2007, dieron la victoria al Ing. Álvaro Colom Caballeros, bajo la bandera de la (UNE). Sin embargo, el partido gobernante, no consiguió la mayoría parlamentaria.

El Congreso está dominado principalmente por tres fuerzas políticas (FRG, GANA y UNE) de derecha, y la participación de los otros partidos puede considerarse marginal en cantidad de votos, incluidos los dos únicos partidos de izquierda (URNG y ANN). Tanto el Congreso como el gobierno central han sufrido un duro desgaste ante la ciudadanía que los percibe incapaces de resolver los problemas de inseguridad ciudadana, desempleo, pobreza (6 de cada 10 guatemaltecos son pobres) y analfabetismo.

SIMBOLOS PATRIOS


Bandera de la República de Guatemala

Bandera de Guatemala

La Bandera de Guatemala esta formada por tres bandas verticales de igual ancho, azul claro, blanco, y azul claro, con el escudo de armas centrado en la banda blanca; el escudo de armas incluye un Quetzal verde y rojo (el ave nacional) y un pergamino con la inscripción "LIBERTAD 15 DE SEPTIEMBRE DE 1821" (la fecha original de Independencia de España), todo superpuesto a un par de rifles cruzados y un par de espadas cruzadas enmarcados por unos laureles.


Escudo de Armas de Guatemala

Este emblema fue creado por Decreto No. 33 del 18 de noviembre de 1871, emitido por el General Miguel García Granados, según este decreto, "Las armas de la república serán: un escudo con dos rifles y dos espadas de oro enlazadas con ramas de laurel en campo celeste claro. El centro estará cubierto con un pergamino, que contendrá la siguiente leyenda en letras de oro: Libertad 15 de septiembre de 1821, figurará en la parte superior un Quetzal, como símbolo de la independencia y autonomía de la Nación."

Los rifles que sirvieron de modelo son marca Remington de la época (1871). Cuando el escudo figura en la Bandera de Guatemala, esta se llama Pabellón Nacional. El escudo de armas de la República cuando está diseñado independientemente de la bandera deberá colocarse en campo celeste claro porque es el color que representa la idealidad.


Escudo de Armas de la República
de Guatemala



El Quetzal, Ave Nacional de la
República de Guatemala

Ave Nacional de Guatemala

El Quetzal es el Ave Nacional de Guatemala, tiene aspecto llamativo, con el cuerpo verde (con iridiscencias desde verde dorado hasta azul morado) y el pecho rojo. Las plumas superiores de la cola son verdes y muy largas, escondiendo la cola, y en los machos en la temporada de anidar son más largas que el resto del cuerpo. Las cobertoras superiores del ala también son largas y parecen flecos.

Flor Nacional de Guatemala

En 1993, Leticia M. de Southerland, presidenta de la exposición internacional de flores celebrada en Miami Beach, Florida, envió una sugerencia al actual gobierno de Guatemala de que el ejemplar expuesto de Lycaste skinneri alba fuese designado como flor nacional. Esta sugerencia fue consultada por el entonces presidente de la República, el General Jorge Ubico con varios especialistas, entre ellos Ulises Rojas y Mariano Pacheco H. y entidades como la Biblioteca Nacional y la Sociedad de Geografía e Historia. Los expertos tomaron en cuenta la hermosura y rareza de esta flor y estuvieron de acuerdo con la sugerencia, por lo que el 11 de febrero de 1934 la presidencia de la República emitió un decreto dando a la Monja Blanca la denominación de Flor Nacional.


Lycaste skinneri var. Alba, Monja Blanca y flor nacional
de Guatemala. Noviembre 2007, Mat. Tauriello

El 9 de agosto de 1946, durante el gobierno de Juan José Arévalo, con el fin de proteger a esta especie de la extinción en Guatemala, se emitió un Acuerdo Gubernativo en el que se prohíbe la recolección y exportación de esta planta. El mismo acuerdo fue modificado el 4 de junio de 1947 para ampliar la prohibición a bulbos y flores, así como para incluir al resto de las especies de esta familia botánica. En 1997 cuando se comenzaron a acuñar monedas de 50 centavos, apareció la Monja Blanca como una de las caras de la nueva moneda.

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Árbol Nacional de Guatemala

La Ceiba Pentandra es el Árbol Nacional de Guatemala y alcanza 60 a 70 metros de altura, con un tronco grueso que puede llegar a medir más de 3 m de diámetro con contrafuertes. El tronco y muchas de sus ramas mayores están densamente poblados con espinas largas y robustas. Las hojas están divididas en 5 a 9 hojitas más pequeñas, cada hoja sobrepasa los 20 cm. Los árboles adultos producen varios cientos de cápsulas de semillas de unos 15 cm. Las vainas o cápsulas contienen semillas que se encuentran rodeadas por una fibra amarillenta y mullida, que es una mezcla de lignina y de celulosa.

 

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